Se podrán fraccionar en períodos de una semana. El empleador podrá darlas en cualquier momento del año avisando 21 días antes.
Los 5 cambios clave para las vacaciones
- Se podrán fraccionar: Este es el cambio más disruptivo. La ley permitirá que las vacaciones "se otorguen en forma fragmentada".
- Período mínimo de una semana: El fraccionamiento no será totalmente libre. Los períodos de descanso no podrán ser "inferiores a UNA (1) semana".
- En cualquier momento del año: El empleador tendrá mayor flexibilidad para definir las fechas, ya que "deberá conceder el goce de las vacaciones en cualquier momento del año".
- Aviso con 21 días: La fecha de inicio de las vacaciones deberá ser comunicada por escrito al trabajador con una anticipación "no menor de VEINTIÚN (21) días".
- Verano "cada dos períodos": La ley mantiene una protección para el descanso en temporada alta, pero la flexibiliza. El empleador deberá garantizar al trabajador "el goce total de las mismas, por lo menos en una temporada de verano, cada DOS (2) períodos". Sin embargo, la ley aclara que esto será así, "salvo que el trabajador opte en contrario".
- Parejas en la misma empresa: Este derecho se mantiene intacto. Si trabajadores casados o en unión familiar trabajan para el mismo empleador, "las vacaciones deben otorgarse en forma conjunta y simultánea cuando así lo requieran los trabajadores".