Antes del caso registrado esta semana en Morón, un cordobés había recibido una sentencia a 14 años de prisión por un episodio similar. La resolución confirmada por el Tribunal Superior de Justicia.
En Córdoba, la Cámara Octava del Crimen condenó en 2018 a Franco Daniel Carignano a 14 años de prisión por delitos contra la integridad sexual cometidos mediante redes sociales. La sentencia fue confirmada en julio de 2020 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
La condena fue por coacción calificada continuada en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el grave daño producido en la salud psíquica de una de las víctimas.
Según la resolución, el acusado contactó a varias mujeres (una adulta y las restantes niñas) y obtuvo imágenes de contenido sexual de las diversas víctimas a las que luego obligó a tomarse fotos desnudas, a efectuarse tocamientos en sus zonas sexuales, como así también a filmarse en diversas poses sexuales.
El antecedente cordobés cobra actualidad tras el fallo del Tribunal Oral Criminal N° 4 de Morón, que condenó a Orlando Tristán Novillo a 20 años de prisión por hechos cometidos contra una menor mediante redes sociales, mensajería instantánea y videollamadas.
Novillo realizaba estas maniobras mientras cumplía condena en unidades carcelarias de Campana y Florencio Varela, en Buenos Aires. En el allanamiento a su celda, se secuestró un dispositivo móvil con más de134.000 archivos, incluyendo material de abuso sexual infantil y datos financieros de sus víctimas.
La particularidad de ambos casos es que la Justicia no puso el foco únicamente en el contacto físico, sino en el sometimiento de la voluntad de las víctimas y en el impacto causado a través de medios digitales.
Fuente e imagen: El Doce