Están en sintonía con la feria judicial que fijó la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La decisión se formalizó por medio de la Resolución General 5375/2023, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
El organismo recordó que a través de otra Resolución General, la 1.983, se previó que durante determinados períodos del año -atendiendo a las ferias judiciales que se establezcan para el Poder Judicial de la Nación-, no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.
Por ese motivo, consideró que corresponde fijar el lapso durante el cual se suspenderá el cómputo de esos plazos, teniendo en consideración la feria judicial de invierno.