La firma deberá pagar una indemnización superior a los 53 millones de pesos.
La sentencia fue dictada por la jueza Gabriela Castellani y representa un precedente importante en materia de defensa de los derechos de los consumidores.
Según se detalló en el fallo, el comprador había suscripto el plan de ahorro en julio de 2022, con fecha de entrega pactada para el 17 de enero de 2023. Sin embargo, el vehículo fue finalmente entregado el 20 de octubre de ese mismo año, con una demora superior a los nueve meses.
El contrato contemplaba una cláusula penal por incumplimiento de los plazos. En consecuencia, el consumidor inició una demanda reclamando $20.364.387,94 por ese concepto y $500.000 por daño moral, más intereses. La jueza resolvió a favor del demandante, estableciendo una indemnización que, con intereses actualizados, asciende a más de $53 millones.
Durante el proceso judicial, la empresa reconoció la demora, pero la atribuyó a “restricciones aduaneras a la importación”. No obstante, la magistrada rechazó ese argumento, basándose en un informe de la Inspección General de Justicia (IGJ), organismo que regula los planes de ahorro a nivel nacional.
“El organismo no ha dictado ninguna medida de carácter general que exima de responsabilidad a las entidades administradoras respecto al cumplimiento de sus obligaciones contractuales”, señala la resolución.
Además, la jueza consideró probado que la empresa incumplió el deber de brindar información clara y adecuada durante todas las etapas del contrato: precontractual, de ejecución y postcontractual.